AINIA / 07 November 2012

¿Para cuando la nueva legislación europea sobre ‘Novel Foods’?

El Reglamento sobre nuevos alimentos que está en vigor es de 1997. Este Reglamento ha sido considerado como elemento de “freno” a la innovación. Por ello, hace años se puso en marcha una revisión de esta regulación y, en 2008 se propuso un Reglamento que fue rechazado en marzo de 2011 cuando el Parlamento Europeo y el Consejo no pudieron llegar a un acuerdo en la última etapa del proceso. En la actualidad se prevé que el nuevo proyecto sea publicado en 2013 junto al proyecto de Reglamento para los productos alimenticios procedentes de animales clonados, ¿en qué situación nos encontramos?

¿Qué son los nuevos alimentos?

Se trata en primer lugar de alimentos producidos gracias a nuevos métodos tecnológicos (salvo los alimentos modificados genéticamente que se someten a una legislación comunitaria específica). Se pueden citar por ejemplo los alimentos creados por la industria agroalimentaria (como alimentos con fitoesteroles supuestos reducir el colesterol).

Alimentos obtenidos mediante la clonación: son alimentos obtenidos mediante métodos más recientes como la clonación (carne o productos de animales clonados) que no figuran en la normativa comunitaria vigente, el Reglamento 258/97 de 27 de enero de 1997.

Algunos países como Estados Unidos y Argentina ya practican la clonación para fines alimentarios. Según las evaluaciones de la FDA, y EFSA, la técnica no presentaría ningún peligro sanitario para los consumidores, pero causa muchos sufrimientos a los animales, ya que los clones son propensos a una mortalidad importante debido a malformaciones, problemas respiratorios y exceso de peso.

En cuanto a la opinión pública europea, esta tiene una opinión negativa sobre la clonación para fines alimentarios, como lo reveló un sondeo Eurobarómetro realizado a petición de la Comisión Europea y publicado en octubre de 2008.

Alimentos con “nano ingredientes”: La utilización de la nanotecnología en el sector de los alimentos es aún más reciente. Los “nano ingredientes” permiten modificar los alimentos o las bebidas, por ejemplo el sabor o el color, o crear agentes antibacterianos.

Alimentos naturales exóticos: Por ultimo, la definición de los nuevos alimentos se aplica también a alimentos naturales exóticos, es decir, bien conocidos en terceros países pero poco consumidos o recientemente consumidos en la Unión Europea.

Nuevos alimentos: El Parlamento Europeo y el Consejo no logran un acuerdo

El Parlamento Europeo anunció en un comunicado de prensa bastante virulento que las negociaciones con el Consejo sobre la revisión de la legislación comunitaria que regula la comercialización de nuevos alimentos habían fracasado y, por tanto, esto aplaza la nueva legislación sobre novel foods.

¿Dónde nos encontramos? Pasos de negociación de la propuesta

El ámbito de aplicación de la propuesta no agradó al Parlamento Europeo en la medida en que incluye alimentos producidos gracias a nuevas tecnologías (clonación o nanotecnología) lo que permitiría que éstos puedan someterse al procedimiento previsto y en consecuencia ser posiblemente autorizados en la Unión Europea.

Por este motivo, el Parlamento Europeo añadió una enmienda que pide la prohibición de los alimentos producidos por clonación, y en consecuencia, su exclusión del ámbito de aplicación de Reglamento prohibición que se aplica no solo a la comercialización pero también a la producción

La producción de animales clonados es costosa, su interés mayor reside, pues, más en la reproducción que en la producción de carne. Eso explica la insistencia de los diputados en pedir la prohibición no sólo de los productos alimenticios procedentes de animales clonados sino también la de alimentos procedentes de su cría y descendientes.

Finalmente, el Consejo rechazó las enmiendas del Parlamento Europeo y los debates entre las dos ramas del legislativo comunitario no llegaron a buen puerto, lo que supuso el fracaso de la negociación.

Por tanto, estamos a la espera de una nueva propuesta por parte de la Comisión en 2013, y mientras tanto el Reglamento de 1997 sigue aplicándose.

¿Cuáles son los objetivos de la nueva propuesta?

Se prevé que para 2013 se presente una nueva propuesta que persiga los siguientes objetivos:

• Simplificar el procedimiento de comercialización para los alimentos naturales poco conocidos en la Unión Europea pero que se consumen en otras partes del mundo (como el jugo de noni, por ejemplo).

• Definir de forma más amplia lo que es un nuevo alimento, teniendo en cuenta las nuevas tecnologías y amplia el ámbito de aplicación del Reglamento.

• Centralizar los procedimientos: sólo los nuevos productos alimenticios incluídos en una lista comunitaria (después de su evaluación por la EFSA) podrán comercializarse.

Si quiere saber más, contacte con Jose Mª Ferrer, Jefe del Departamento de Legislación de ainia, jmferrer@ainia.es

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