Recientemente han sido modificados los LMR’s del triflumurón, difenilamina, abamectina y oxadixilo entre otros. La mayor parte de los cambios que ahora se han aprobado se aplicarán a partir del 1 de mayo de 2019, lea la noticia para saber más.
La legislación sobre límites máximos de residuos de plaguicidas se encuentra en constante actualización. Reciente han sido modificados los LMR’s de:
De todos ellos, queremos destacar dos de los supuestos en los que se ha logrado fijar el LMR, después del trabajo de seguimiento y control por parte de EFSA y de los operadores alimentarios.
En este caso, venimos de los LMR provisionales que tras varias prórrogas se han mantenido hasta el 22 de enero de 2018, teniendo en cuenta la situación que existía en cuanto a la contaminación cruzada y los datos que han aportado los operadores alimentarios, en los que se corrobora que ya no se da dicha contaminación cruzada y puede procederse a la fijación de un límite máximo de residuo, tal y como se ha hecho en el Reglamento (UE) 2018/1515.
El supuesto del oxadixilo en apio, lechugas y otras ensaladas también se ha fijado tras diversas prórrogas. Por fin, tanto desde EFSA como por parte de los operadores alimentarios, se han podido aportar datos de seguimiento que confirman que los residuos de oxadixilo no están en niveles superiores al correspondiente límite de determinación y por lo tanto se puede proceder a la fijación del LMR’s concretos para esta sustancia.
En el caso de las modificaciones de los anexos que afectan a la abamectina, acibenzolar-S-metilo, clopiralida, emamectina, fenhexamida, fenpirazamina, fluazifop-P, isofetamida, Pasteuria nishizawae Pn1, talco E553B y tebuconazol en determinados productos, el Reglamento será aplicable a la entrada en vigor durante el próximo mes de noviembre de 2018.
Si quiere ampliar la información sobre las modificaciones del Reglamento 396/2005 en materia de límites máximos de residuos de plaguicidas puede consultar los reglamentos aquí:
Reglamento (UE) 2018/1516 de la Comisión, de 10 de octubre de 2018, que modifica los anexos II y III del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de penoxsulam, triflumizol y triflumurón en determinados productos.
Reglamento (UE) 2018/1515 de la Comisión, de 10 de octubre de 2018, que modifica los anexos III y V del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que respecta a los límites máximos de residuos de difenilamina y oxadixilo en determinados productos.
Reglamento (UE) 2018/1514 de la Comisión, de 10 de octubre de 2018, que modifica los anexos II, III y IV del Reglamento (CE) nº 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo relativo a los límites máximos de residuos de abamectina, acibenzolar-S-metilo, clopiralida, emamectina, fenhexamida, fenpirazamina, fluazifop-P, isofetamida, Pasteuria nishizawae Pn1, talco E553B y tebuconazol en determinados productos.
Si necesita un asesoramiento legal sobre estos temas en AINIA contamos con un equipo de especialistas que pueden ayudarle a resolver cuestiones vinculadas a la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico aplicable tanto en los límites máximos de los residuos, como en la interpretación legal de los resultados analíticos. También en ainialab puede conocer todos los ensayos acreditados por nuestros laboratorios para el control de plaguicidas en los diferentes productos agroalimentarios.
José María Ferrer (396 artículos)
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