El Comité Científico de la AESAN ha emitido un informe científico valorando positivamente el empleo de electrones acelerados para garantizar la seguridad alimentaria dentro de la producción de elaborados cárnicos. Es un paso más para la aprobación por parte de la UE del nuevo uso de esta tecnología en productos cárnicos. Opinión que se publicará en los próximos meses, ¿quieres saber más?
El Comité Científico de la Agencia Española para la Seguridad Alimentaria y Nutrición ha considerado la aplicación de electrones acelerados como uno de los métodos para mejorar la seguridad alimentaria de los productos cárnicos.
Esta es una de las denominadas tecnologías emergentes, junto a otras como las altas presiones, por ejemplo que pueden ser utilizadas en la higienización de los productos cárnicos y en especial de aquellos que están destinados a ser consumidos directamente. Se trata de una tecnología: fácil de paliar, con resultados repetitivos, en flujo continuo y no requiere de operaciones preparativas ni un postprocesado, además de no modificar las propiedades sensoriales de los productos cárnicos.
Aquí aunque pueda parecer lo contrario, estamos ante técnicas o tecnologías que se han regulado a través de la legislación sobre radiaciones ionizantes a los alimentoscomo un proceso físico no térmico que se puede utilizar para destruir ciertos microorganismos presentes en los mismos.
Recientemente el Comité Científico de la AESAN ha aprobado un informe sobre uso de radiaciones ionizantes en carne fresca y algunos productos cárnicos, ¿qué significa este hecho?, en sentido estricto no se trata de una aprobación por parte de la AESAN, es una opinión científica respecto a esta cuestión en la que la autoridad competente expone su punto de vista valorando tanto los elementos a favor como en contra de la técnica/tecnología propuesta en el caso concreto.
Tras la emisión de esta opinión científica lo que se ha logrado es reforzar el planteamiento para en su caso apoyar o no la posterior autorización de esta técnica/tecnología, pero hay que recalcar que no estamos todavía ante una autorización que en su día tendrá la forma de reglamento comunitario.
La opinión científica de la AESAN se publicará en los próximos meses, por tanto, la evolución de la legislación alimentaria en esa dirección todavía tomará algo más de tiempo.
Los alimentos irradiados están regulados en la UE. De hecho existen dos directivas que lo corroboran:
Estas directivas en España se han traspuesto a través del Real Decreto 348/2001, de 4 de abril, por el que se regula la elaboración, comercialización e importación de productos alimenticios e ingredientes alimentarios tratados con radiaciones ionizantes.
Conforme a la legislación comunitaria, la irradiación de productos alimenticios sólo podrá autorizarse cuando:
En España esta lista positiva sólo consta de una única categoría de alimentos: “hierbas aromáticas secas, especias y condimentos vegetales”.
Dado que los electrones acelerados para mejorar la seguridad alimentaria en productos cárnicos requerirán de una aprobación específica por parte de la UE. Desde la perspectiva normativa será algo similar a lo que hemos vivido recientemente con el ácido láctico y su uso en canales de bovino(ha quedado fijado en el Reglamento (UE) n ° 101/2013 de la Comisión, de 4 de febrero de 2013, relativo a la utilización de ácido láctico para reducir la contaminación de superficie de las canales de bovinos).
Con este tipo de avances conseguimos que cada día la brecha existente entre la ciencia y tecnología con la legislación alimentaria sea cada vez menor. Es importante que las posibilidades y alternativas tecnológicas se incluyan en los criterios regulados en la legislación alimentaria vigente y de esta forma se incite al avance tecnológico, la investigación e innovación en el sector.
Si quiere saber más, contacte con Jose Mª Ferrer Villar, Jefe del Departamento de Legislación de ainia, jmferrer@ainia.es
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