La I+D es una de las herramientas de crecimiento y diferenciación de la competencia. Una vez finalizados los proyectos de esta índole cabe plantearse la explotación de los resultados, tanto en el marco nacional como internacional.
En ocasiones, las empresas se encuentran con ciertas barreras a la hora de explotar o comercializar los desarrollos tecnológicos logrados en el marco internacional.
La convocatoria INNTERNACIONALIZA, promovida por el CDTi, apoya la explotación internacional de los resultados de los proyectos de I+D de las PYMES españolas, ya sean proyectos desarrollados con apoyo de CDTi u otra Administración o llevados a cabo con recursos propios de la empresa.
Son susceptibles de ser financiadas las acciones enmarcadas en un plan de internacionalización bien estructurado, con objetivos empresariales concretos y un coherente plan de trabajo. Entre las actividades elegibles, se encuentran las acciones de promoción, difusión de las bondades y aspectos diferenciales del desarrollo tecnológico susceptible de ser explotado.
1. Internacionalización de la propiedad intelectual. Siendo elegibles:
a. costes previos a la concesión del derecho den la primera jurisdicción
b. costes asociados a la validación do concesión del derecho en otras jurisdicciones
c. costes de defensa de la validez del derecho.
2. Servicios de asesoramiento y apoyo a la innovación
La duración del proyecto debe ser de entre 6 y 24 meses y contar un presupuesto mínimo de 75.000 €.
En cuanto a la modalidad de financiación, se trata de una ayuda parcialmente reembolsable, con una cobertura financiera de hasta el 75% del presupuesto aprobado con un tramo reembolsable del 5% (sujeto a disponibilidad de fondos).
La intensidad máxima de la ayuda respetará el Reglamento General de Exención por Categorías (Reglamento CE 800/2008, de 6 de agosto). Suponiendo para las actuaciones de protección de la propiedad intelectual un máximo del 35% en el caso de las medianas empresas y un 45% en las pequeñas.
Ayudas compatibles con otras públicas para la misma finalidad siempre y cuando los costes subvencionables sean diferentes. Será incompatible con las ayudas que otorga la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM).
• Impacto de las actividades del proyecto en la internacionalización de la empresa.
• Capacidad de la empresa para acometer las actividades de internacionalización propuestas.
• Mercado potencial de la tecnología.
• Nivel de la tecnología objeto de internacionalización.
• Efecto incentivador: Con el fin de asegurar el carácter incentivador de la ayuda, sólo se podrán financiar proyectos que no hayan comenzado con anterioridad a la fecha de entrada de la solicitud de ayuda.
En ainia llevamos más de 15 años ofreciendo servicios de transferencia de tecnología a las empresas y apoyando la explotación de los resultados de la I+D.
Si quieres que te acompañemos en la definición y desarrollo del plan de internacionalización no dudes ponerte en contacto con nosotros.
AINIA (1438 artículos)
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