José María Ferrer Villar / 10 de Noviembre de 2023

¿En qué punto se encuentra la legislación para materiales en contacto con los alimentos en la UE?

La evolución de la legislación sobre materiales en contacto con los alimentos en la Unión Europea ha sido extremadamente lenta en las últimas dos décadas. Basta con un dato, desde que en 2004 (Reglamento (CE) nº 1935/2004) preveía el desarrollo de la regulación para los distintos materiales indicados en el anexo[1], únicamente se ha regulado con cierta profundidad lo referente a los plásticos, en el caso de los otros dieciséis materiales seguimos a la espera.

No queremos decir que la Unión Europea haya permanecido inactiva todo este tiempo, puesto que se han realizado distintos trabajos técnicos para estudiar la situación, aunque a fin de cuentas no se ha legislado. Si consideramos los últimos años, podemos observar que se han ido llevando a cabo trabajos, desde EFSA y el JRC entre otros.

Como podemos observar estos trabajos y estudios conforman el núcleo duro los trabajos por parte de la UE para estudiar todo lo concerniente a los materiales en contacto con los alimentos y que se pueda disponer de toda la información necesaria para actualizar el marco regulatorio.

La UE es consciente del déficit regulatorio en este campo y parece que ahora estamos más cerca que nunca la anhelada revisión y desarrollo de esta legislación. En el documento de la Comisión Europea de 2020 se preveía una propuesta de regulación para el último trimestre de 2022, que como todos sabemos todavía no ha llegado. Tras los últimos trabajos y teniendo en cuenta la información disponible a través de la DG Sante tendremos que esperar esa propuesta para el año 2025.

La Propuesta

La Propuesta Comisión Europea para el nuevo marco regulatorio para materiales en contacto con alimentos (MCA) se centra en los siguientes aspectos:

  • Garantizar la seguridad alimentaria y un alto nivel de protección de la salud pública
  • Reducir la presencia y el uso de productos químicos peligrosos
  • Tener en consideración los avances tecnológicos y científicos más recientes
  • Apoyar la innovación y la sostenibilidad mediante la promoción de soluciones seguras, reutilizables y reciclables, y contribuir a la reducción del impacto medioambiental del sector.

Hasta que esta propuesta fructifique tendremos que continuar aplicando el actual marco regulatorio para MCA. Un ejemplo de la realidad actual lo podemos observar en el planteamiento que se hace para el control oficial de estos materiales mediante el Plan Nacional de Control Oficial de la Cadena Alimentaria, en particular en su programa 13 “Materiales en contacto con alimentos” en el que, respecto a las referencias legislativas a considerar, se indica lo siguiente:

El citado Reglamento (CE) nº 1935/2004 en su Anexo I incluye el listado de grupos de materiales y objetos destinados a entrar en contacto con alimentos, de los cuales, serán objeto de control en el marco de este programa, los siguientes, por disponer de medidas específicas europeas o nacionales:

  • Materiales y objetos activos e inteligentes (Reglamento (CE) 450/2009).
  • Cerámica (Real Decreto 891/2006).
  • Plásticos (Reglamento (UE) 10/2011).
  • Celulosa regenerada (Real Decreto 1413/1994).
  • Plásticos reciclados (Reglamento (CE) 282/2008 y Real Decreto 846/2011 Derogados por el Reglamento 2022/1616).
  • Barnices/revestimientos (Reglamento (UE)2018/2013 y Real Decreto 847/2011).
  • Caucho (Real Decreto 1184/1994(solo para tetinas) y Real Decreto 847/2011).
  • Materiales poliméricos distintos a los plásticos (Real Decreto 847/2011).
  • Papel y cartón (Recomendación (UE) 2017/84 de la Comisión).

Hace diez años ya decíamos que “resulta imperativo que se agilice el desarrollo normativo por parte del legislador europeo en este delicado sector y se complete y actualice la normativa de desarrollo de las medidas específicas, cuanto menos relativa a los materiales incluidos en el Anexo I del Reglamento 1935/2004” y seguimos manteniendo esa necesidad, que confiamos se vea satisfecha en los próximos dos años a tenor de lo que desde la Comisión Europea se indica sobre la propuesta de revisión de las normas de la UE sobre materiales en contacto con alimentos.

Durante estas dos décadas hemos visto pasar diversas modificaciones, aunque en lo sustancial la legislación no ha cambiado. Perfectamente podríamos mantener los principales aspectos que comentábamos en el artículo ¿Cuál es el marco legislativo de los materiales en contacto con alimentos en la UE? (Tecnoalimentalia 2013).

Desde AINIA monitorizamos la actualidad legislativa para informar al sector sobre la evolución de la regulación agroalimentaria. Si necesitas un asesoramiento legal, en AINIA podemos ayudarte a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico alimentario. También puedes comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.

[1] 1) Materiales y objetos activos e inteligentes, 2) Adhesivos, 3) Cerámica, 4) Corcho, 5) Caucho, 6) Vidrio, 7) Resinas de intercambio iónico, 8) Metales y aleaciones, 9) Papel y cartón, 10) Plásticos, 11) Tintas de imprenta, 12) Celulosa regenerada, 13) Siliconas, 14) Productos textiles, 15) Barnices y revestimientos, 16) Ceras y 17) Madera.

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José María Ferrer Villar

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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José María Ferrer Villar
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios Licenciado en Derecho y Especialista en Derecho Alimentario, con más de 25 años de experiencia en el campo de la Legislación Agroalimentaria. 2000 – 2023 Responsable del Departamento de Derecho Alimentario de AINIA, liderando acciones de consultoría y asesoramiento jurídico en materia de etiquetado alimentario, nuevos ingredientes y alimentos, normas de calidad, y otras materias reguladas por el Derecho Alimentario nacional e internacional (España, Unión Europea y en el ámbito internacional Codex Alimentarius, FDA, etc.). Desde 2023 Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios – Formación de AINIA. Amplia experiencia en el área de la Información a los consumidores y Etiquetado de los alimentos, participando en distintos foros con las autoridades competentes en la materia (AESAN, DG SANTE). En el ámbito de la UE, coordina proyectos relacionados con la iniciativa BTSF (Better Training for Safer Food) (http://www.btsf.eu/) de la Comisión Europea con el objeto de difundir la Legislación Alimentaria de la UE en Europa, Sudamérica y América Central (EL Salvador, México, Brasil, Colombia, Uruguay, Perú), África (Siria, Egipto, Marruecos, Etiopía, Tanzania, Senegal) y Asia (Indonesia, Malasia, Tailandia, India). Destacada experiencia docente en programas presenciales y Online, tanto en convocatoria abierta como en programas a medida dirigidos a profesionales de la industria y a Administraciones Públicas. Profesor colaborador en cursos postgrado de la Univ. Polit. de Valencia, Univ. Complutense de Madrid y el Colegio de Veterinarios de Madrid entre otros. Miembro del EFI-Food-Law-Group de la European Food Industries (EFI) y de la Asociación Iberoamericana para el Derecho Alimentario (AIDABA). Miembro del Grupo de Nanotecnología en el sector alimentario de la Aesan. Miembro de la Red Nacional de Riesgos Emergentes (Aesan). Colaborador habitual en diversas publicaciones especializadas en el ámbito alimentario, como Tecnoalimen, Oleo, El Economista entre otras.

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