El Consejo de la UE acaba de posicionarse sobre la propuesta de nuevo Reglamento de Controles Oficiales. Dada su importancia, en este artículo analizamos los tres aspectos clave de esta posición: El alcance, la financiación de los controles y el Reglamento marco y su desarrollo. Tras esta posición, es previsible considerar que la aprobación y publicación del nuevo Reglamento en el Diario Oficial de la UE será en breve.
El Reglamento aportará un enfoque armonizado con respecto a los controles oficiales y otras actividades oficiales efectuadas con el fin de garantizar la aplicación de la legislación de la Unión Europea relativa a la cadena agroalimentaria.
Para lograr este objetivo, entre otros puntos es necesario destacar los que aborda el Consejo en la posición publicada ayer. Tras su publicación, es previsible considerar que la aprobación y publicación del nuevo Reglamento en el Diario Oficial de la UE es inminente.
Lo más destacado de la posición del Consejo es lo siguiente:
Partiendo del carácter general que se atribuye al Reglamento (CE) nº 882/2004, en tanto que fija los controles oficiales en los sectores de la legislación sobre piensos y alimentos y la normativa sobre salud animal y bienestar de los animales, con el nuevo reglamento se logra un enfoque global u holístico que también alcanza a otros sectores de la cadena agroalimentaria (fitosanitario, materiales de reproducción vegetal y subproductos animales).
No obstante, el Consejo entiende que en esta fase es prematuro incluir en el Reglamento los controles oficiales de los materiales de reproducción vegetal, quedando a la espera de una nueva propuesta de la Comisión.
El futuro reglamento establece tasas para los controles oficiales, cuyo detalle puede verse en el anexo IV de la propuesta. Incluimos un ejemplo extraído de la misma:
Al respecto, el Consejo considera que no es necesario modificar el sistema de tasas obligatorias y que deben mantenerse los niveles fijos existentes en el anexo IV del futuro reglamento, dado que en general el sistema es adecuado.
Por supuesto, los Estados miembros tendrán autonomía para proponer tasas que respondan a los costes ocasionados de acuerdo con los métodos de cálculo y cobertura de costes, incidiendo en la mejora de la transparencia del cálculo, la recaudación y el establecimiento de las tasas o gravámenes, y de la consulta con las partes interesadas pertinentes.
Los Estados miembros velarán por que se disponga de los recursos financieros adecuados, a fin de proporcionar el personal y demás recursos necesarios para que las autoridades competentes efectúen los controles oficiales y otras actividades oficiales. Esto será aplicable también en caso de delegación de determinadas funciones de control oficial y otras actividades oficiales de conformidad con el artículo 28 y el artículo 31.
La futura regulación se plasma en un Reglamento marco, es un aspecto importante, dado que este tipo de disposición posibilita que la Comisión pueda desarrollarla a través de actos delegados o de ejecución, que para una materia de tanta importancia y alcance es imprescindible.
El previsible desarrollo de la nueva legislación, asegurará la progresiva sustitución de la regulación existente en un plazo máximo de años después de la fecha de aplicación del Reglamento.
Desde AINIA, ponemos a su disposición nuestro equipo de especialistas en Derecho Alimentario y nuestros laboratorios para la realización de controles en productos agroalimentarios que podrán ayudarle en las cuestiones regulatorias o técnicas que sobre estos temas puedan surgirle.
Asimismo, le animamos a que se sume al grupo sobre Legislación Alimentaria en LinkedIn y que conozca con más detalle cómo desde el Derecho Alimentario podemos ayudarle a garantizar su seguridad jurídica y alimentaria.José María Ferrer (398 artículos)
Responsable | AINIA |
Domicilio | Calle Benjamín Franklin, 5 a 11, CP 46980 Paterna (Valencia) |
Finalidad | Atender, registrar y contactarle para resolver la solicitud que nos realice mediante este formulario de contacto |
Legitimación | Sus datos serán tratados solo con su consentimiento, al marcar la casilla mostrada en este formulario |
Destinatarios | Sus datos no serán cedidos a terceros |
Derechos | Tiene derecho a solicitarnos acceder a sus datos, corregirlos o eliminarlos, también puede solicitarnos limitar su tratamiento, oponerse a ello y a la portabilidad de sus datos, dirigiéndose a nuestra dirección postal o a privacy@ainia.es |
Más info | Dispone de más información en nuestra Política de Privacidad |
DPD | Si tiene dudas sobre como trataremos sus datos o quiere trasladar alguna sugerencia o queja, contacte al Delegado de protección de datos en info@businessadapter.es o en el Formulario de atención al interesado |
Consiento el uso de mis datos personales para que atiendan mi solicitud, según lo establecido en su Política de Privacidad
Consiento el uso de mis datos para recibir información y comunicaciones comerciales de su entidad.