José María Ferrer Villar / 8 de Febrero de 2023

Nuevos ingredientes autorizados por la UE

La regulación sobre nuevos alimentos en la Unión Europea está en constante evolución, un ejemplo de ello es que durante las primeras seis semanas del año ya se ha modificado la lista de nuevos alimentos (Reglamento (UE) 2017/2420) hasta en ocho ocasiones, algo destacable si lo comparamos con el total de dieciocho que se produjeron durante todo el año 2022. En el artículo comentamos algunos de los aspectos más relevantes.

¿Cuáles son los nuevos ingredientes autorizados?

Entre los nuevos ingredientes aprobados en las primeras semanas de 2023 encontramos productos de orígenes muy distintos, desde insectos, pasando por leguminosas hasta los hongos. Estas son las novedades:

  • Sal sódica de 3´-sialilactosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21 (DE3)
  • Xilooligosacáridos
  • Ampliación del uso del aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca
  • Sal sódica de 3 ´-sialilactosa
  • Formas congelada, en pasta, desecada y en polvo de las larvas de Alphitobius diaperinus (escarabajo del estiércol)
  • 3-fucosil-lactosa producida por una cepa derivada de Escherichia coli BL21 (DE3)
  • Lacto-N-tetraosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21 (DE3)
  • Proteína de guisantes y de arroz fermentada por micelios de Lentinula edodes (seta shiitake)
  • Polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico)
  • Harina de setas con vitamina D2

 

Aspectos importantes para considerar

En todos estos casos se ha aplicado la cláusula para proteger al solicitante durante 5 años, contando con el monopolio en la comercialización del nuevo alimento durante un período de cinco años, salvo que un solicitante posterior obtenga una autorización para ese nuevo alimento sin remitirse a los datos científicos protegidos, o con el acuerdo de la empresa que obtuvo la aprobación inicial. Con este tipo de medidas los primeros solicitantes ven compensado parcialmente el esfuerzo económico y científico que representa la preparación del dossier de solicitud y posterior tramitación para la aprobación del nuevo alimento.

Otro aspecto que merece la pena ser destacado, es la anticipación a la aprobación de los nuevos alimentos o lo que es lo mismo que hemos de prestar atención a las opiniones científicas de EFSA con valoración positiva, ya que en esos casos estaremos en condiciones de aventurarnos a que ese nuevo ingrediente se aprobará y finalmente será publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea. Si leemos los considerandos de los reglamentos de aprobación podemos observar que en todos los casos el decalaje entre el dictamen científico de EFSA y la publicación en el DOUE no supera el año, aunque siempre se demora unos meses. Este tiempo puede aprovecharse para valorar los usos en los que se podrá emplear el nuevo alimento una vez sea aprobado.

Por último, conviene realizar un análisis detallado de las nuevas aprobaciones, ya que ante la variedad, tanto en nuevos ingredientes, como en las distintas posibilidades u opciones en cuanto a su empleo en distintas categorías de alimentos, se abren un sinfín de oportunidades y de vías para la innovación y el avance en el desarrollo de diferentes productos alimenticios en los que podremos utilizar estos ingredientes.

Pueden ampliar la información sobre las nuevas aprobaciones en los siguientes reglamentos:

  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/113 por el que se autoriza la comercialización de sal sódica de 3´-sialilactosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21 (DE3).
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/65 corrige la lista de la Unión de nuevos alimentos respecto a los xilooligosacáridos, a la ampliación del uso del aislado de proteínas de suero básico de leche de vaca y la sal sódica de 3 ´-sialilactosa como nuevo alimento.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/58 por el que se autoriza la comercialización de las formas congelada, en pasta, desecada y en polvo de las larvas de Alphitobius diaperinus (escarabajo del estiércol) como nuevo alimento.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/52 por el que se autoriza la comercialización de 3-fucosil-lactosa producida por una cepa derivada de Escherichia coli BL21 (DE3) como nuevo alimento.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/7 por el que se autoriza la comercialización de lacto-N-tetraosa producida por cepas derivadas de Escherichia coli BL21 (DE3) como nuevo alimento.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/6 por el que se autoriza la comercialización de proteína de guisantes y de arroz fermentada por micelios de Lentinula edodes (seta shiitake) como nuevo alimento.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/5 por el que se autoriza la comercialización de polvo parcialmente desgrasado de Acheta domesticus (grillo doméstico) como nuevo alimento.
  • Reglamento de Ejecución (UE) 2023/4 por el que se autoriza la comercialización de harina de setas con vitamina D2 como nuevo alimento.

Si necesitas un asesoramiento legal o técnico en relación con las cuestiones sobre nuevos alimentos, desde AINIA podemos ayudarte a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico alimentario y también en la jornada Nuevos Alimentos: La Alimentación del Futuro. También puedes comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.

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José María Ferrer Villar

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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José María Ferrer Villar
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios Licenciado en Derecho y Especialista en Derecho Alimentario, con más de 25 años de experiencia en el campo de la Legislación Agroalimentaria. 2000 – 2023 Responsable del Departamento de Derecho Alimentario de AINIA, liderando acciones de consultoría y asesoramiento jurídico en materia de etiquetado alimentario, nuevos ingredientes y alimentos, normas de calidad, y otras materias reguladas por el Derecho Alimentario nacional e internacional (España, Unión Europea y en el ámbito internacional Codex Alimentarius, FDA, etc.). Desde 2023 Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios – Formación de AINIA. Amplia experiencia en el área de la Información a los consumidores y Etiquetado de los alimentos, participando en distintos foros con las autoridades competentes en la materia (AESAN, DG SANTE). En el ámbito de la UE, coordina proyectos relacionados con la iniciativa BTSF (Better Training for Safer Food) (http://www.btsf.eu/) de la Comisión Europea con el objeto de difundir la Legislación Alimentaria de la UE en Europa, Sudamérica y América Central (EL Salvador, México, Brasil, Colombia, Uruguay, Perú), África (Siria, Egipto, Marruecos, Etiopía, Tanzania, Senegal) y Asia (Indonesia, Malasia, Tailandia, India). Destacada experiencia docente en programas presenciales y Online, tanto en convocatoria abierta como en programas a medida dirigidos a profesionales de la industria y a Administraciones Públicas. Profesor colaborador en cursos postgrado de la Univ. Polit. de Valencia, Univ. Complutense de Madrid y el Colegio de Veterinarios de Madrid entre otros. Miembro del EFI-Food-Law-Group de la European Food Industries (EFI) y de la Asociación Iberoamericana para el Derecho Alimentario (AIDABA). Miembro del Grupo de Nanotecnología en el sector alimentario de la Aesan. Miembro de la Red Nacional de Riesgos Emergentes (Aesan). Colaborador habitual en diversas publicaciones especializadas en el ámbito alimentario, como Tecnoalimen, Oleo, El Economista entre otras.

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