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El pasado 18 de septiembre se recibió por parte de la Comisión Europea la última versión del proyecto de Norma de Calidad del aceite de oliva, llegados a este punto es de esperar la aprobación y publicación en el BOE a finales del año o principios de 2021. Comentamos en el artículo algunos de los cambios de la propuesta comunicada respecto a la versión que tuvimos oportunidad de revisar en febrero de este mismo año.
La que esperamos sea la versión final de la norma de calidad presenta algunas evoluciones respecto a su antecesora de febrero 2020, entre otros elementos es significativa la referencia a sostenibilidad y reducción del uso de plásticos que se incorpora en el preámbulo:
«En línea con las políticas de la Unión europea en materia de desarrollo sostenible y en particular las referidas a la reducción del uso de plásticos, se limita en la presente norma la utilización de este material para algunos productos, cuya imagen puede además verse deteriorada en determinadas formas de presentación tales como los envases plásticos».
Por otra parte, y con el objeto de clarificar el alcance de la norma se han desarrollado en mayor medida algunas de las definiciones del artículo 3, en concreto:
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También se observa un refuerzo a los temas vinculados con la trazabilidad, dado que en la nueva versión una vez definidos los conceptos se plantean las obligaciones de trazabilidad (artículo 4 y anexo I), algo que no sucedía en la anterior en la que se daba paso a las obligaciones generales.
Nos parece destacable el planteamiento en cuanto a las obligaciones específicas que ahora se distinguen entre las del aceite (artículo 6) y las de los envases (artículo 7), cuando anteriormente se había planteado como un conjunto de obligaciones específicas de los productos. Desde nuestro punto de vista así que más clara la redacción.
Por último, se han concretado las cuestiones relativas a los períodos transitorios de forma que la comercialización de los aceites de oliva virgen extra en recipientes de plástico en el canal de comercio minorista será aplicable a partir del 1 de enero de 2024 para los envases de hasta un litro y a partir del 1 de enero de 2025 para el resto de los envases.
Como decía al inicio es de esperar la aprobación y publicación a finales de 2021, en tanto que la entrada en vigor se plantea para el próximo 2 de enero de 2021.
Si necesita un asesoramiento legal sobre estos temas en AINIA contamos con un equipo de especialistas que pueden ayudarle a resolver cuestiones vinculadas con el Derecho y la Calidad Alimentaria. También puede comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn
José María Ferrer (412 artículos)
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