José María Ferrer Villar / 17 de Julio de 2019

Nuevas Denominaciones de Origen para tres Vinos de Pago en España

La actividad legislativa vinculada con los alimentos de calidad diferenciada es permanente. Una buena muestra de ello la constituyen algunas de las publicaciones vinculadas con productos españoles, en este caso vinos de pago de Castilla-La Mancha. Comentamos los aspectos más relevantes en el artículo.

Los reglamentos recientemente aprobados confirman la inscripción en el registro de la Unión Europea de vinos con Denominación de Origen para tres Vinos de Pago, en concreto se trata de los vinos:

Con la inclusión de estos vinos en el registro de la UE, el universo de los vinos españoles que gozan de protección mediante las denominaciones de origen está próximo al centenar, en concreto son 94 vinos protegidos:

  • Denominaciones de origen calificadas (2)
  • Denominaciones de origen (68)
  • Vinos de Pago (17)
  • Vinos de Calidad Producidos en Región Determinada (7)

Vinos de pago, elementos diferenciales

En este caso al tratarse de vinos de pago, son aquellos que cumplen con lo indicado en el Reglamento 1308/2013, en particular debemos prestar atención a los siguientes elementos:

La zona geográfica de la DOP deberá ser un pago, entendiendo por tal, el paraje o sitio rural con características edáficas y de microclima propias que lo diferencian y distinguen de otros de su entorno, conocido con un nombre vinculado de forma tradicional y notoria al cultivo de los viñedos de los que se obtienen vinos con rasgos y cualidades singulares y cuya extensión máxima será limitada reglamentariamente por la Administración competente.

Se entiende que existe vinculación notoria con el cultivo de los viñedos, cuando el nombre del pago venga siendo utilizado de forma habitual en el mercado para identificar los vinos obtenidos en aquél durante un período mínimo de cinco años.

Los vinos deberán ser elaborados y embotellados por las personas físicas o jurídicas que, por sí mismas o por sus socios, ostenten la titularidad de los viñedos ubicados en el pago o con carácter excepcional y en los supuestos que la Administración competente lo autorice reglamentariamente, en bodegas situadas en la proximidad del pago que, en todo caso, deberán estar situadas en alguno de los términos municipales por los cuales se extienda el vino de pago o en los colindantes.

En la elaboración de los vinos de pago se implantará un sistema de calidad integral, que se aplicará desde la producción de la uva hasta la puesta en el mercado de los vinos. Este sistema deberá cumplir, como mínimo, los requisitos establecidos para las Denominaciones de Origen Calificadas.

Alimentos de calidad diferenciada

Los alimentos de calidad diferenciada constituyen un segmento de gran importancia en la UE y en España. Estos alimentos cuentan con características peculiares y específicas, tanto por el origen de las materias primas utilizadas, como por los procedimientos de elaboración.

Están regulados por la normativa de la Unión Europea que garantiza el cumplimiento de unos requisitos de calidad adicionales a los exigidos para el resto de los alimentos.

  • Denominación de Origen Protegida (DOP) son aquéllos cuya calidad o características se deben al medio geográfico con sus factores naturales y humanos, y cuya producción, transformación y elaboración se realizan siempre en esa zona geográfica delimitada de la que toman el nombre.
  • Indicación Geográfica Protegida (IGP) poseen alguna cualidad determinada o reputación u otra característica que pueda atribuirse a un origen geográfico y cuya producción, transformación o elaboración se realiza en la zona geográfica delimitada de la que toma su nombre.
  • Especialidades Tradicionales Garantizadas (ETG) son los productos con rasgos específicos diferenciadores de otros alimentos de su misma categoría, y se producen a partir de materias primas tradicionales, o bien presentan una composición, modo de producción o transformación tradicional.

Estos productos se reconocen mediante el símbolo de la Unión Europea:

Estamos ante un segmento de gran importancia tal y como manifestó el Ministro de Agricultura recientemente, quien destacó como: «las 348 figuras de calidad diferenciada y Denominaciones de Origen que logran un volumen de negocio de más de 7.000 millones de euros anuales en España», por ello es importante seguir progresando en la obtención de nuevas aprobaciones y en la difusión de estos alimentos.

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José María Ferrer Villar

Desde que me incorporé a AINIA en 1997, he trabajado en el ámbito del Derecho Alimentario. Por mi formación en Derecho y mi especialización en el ámbito agroalimentario he podido abordar actividades asociadas con la consultoría y con la docencia a través la participación en proyectos multidisciplinares en colaboración con empresas de distintos sectores agroalimentarios. Me motiva especialmente aplicar el conocimiento técnico a retos reales del mercado, facilitando la interpretación y aplicación del Derecho Alimentario por parte de los operadores.

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José María Ferrer Villar
Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios Licenciado en Derecho y Especialista en Derecho Alimentario, con más de 25 años de experiencia en el campo de la Legislación Agroalimentaria. 2000 – 2023 Responsable del Departamento de Derecho Alimentario de AINIA, liderando acciones de consultoría y asesoramiento jurídico en materia de etiquetado alimentario, nuevos ingredientes y alimentos, normas de calidad, y otras materias reguladas por el Derecho Alimentario nacional e internacional (España, Unión Europea y en el ámbito internacional Codex Alimentarius, FDA, etc.). Desde 2023 Responsable de Asuntos Regulatorios Alimentarios – Formación de AINIA. Amplia experiencia en el área de la Información a los consumidores y Etiquetado de los alimentos, participando en distintos foros con las autoridades competentes en la materia (AESAN, DG SANTE). En el ámbito de la UE, coordina proyectos relacionados con la iniciativa BTSF (Better Training for Safer Food) (http://www.btsf.eu/) de la Comisión Europea con el objeto de difundir la Legislación Alimentaria de la UE en Europa, Sudamérica y América Central (EL Salvador, México, Brasil, Colombia, Uruguay, Perú), África (Siria, Egipto, Marruecos, Etiopía, Tanzania, Senegal) y Asia (Indonesia, Malasia, Tailandia, India). Destacada experiencia docente en programas presenciales y Online, tanto en convocatoria abierta como en programas a medida dirigidos a profesionales de la industria y a Administraciones Públicas. Profesor colaborador en cursos postgrado de la Univ. Polit. de Valencia, Univ. Complutense de Madrid y el Colegio de Veterinarios de Madrid entre otros. Miembro del EFI-Food-Law-Group de la European Food Industries (EFI) y de la Asociación Iberoamericana para el Derecho Alimentario (AIDABA). Miembro del Grupo de Nanotecnología en el sector alimentario de la Aesan. Miembro de la Red Nacional de Riesgos Emergentes (Aesan). Colaborador habitual en diversas publicaciones especializadas en el ámbito alimentario, como Tecnoalimen, Oleo, El Economista entre otras.

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