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A partir de ahora las Denominaciones de Origen Protegido (DOP) e Indicaciones Geográficas Protegidas (IGP) supraautonómicas, tendrán un régimen jurídico idéntico, independientemente del tipo de producto que regulen, con unos criterios comunes para su reconocimiento, protección y control , ¿quiere saber más?
En el último Consejo de Ministros se aprobó el proyecto de Ley de de Denominaciones de Origen e Indicaciones Geográficas Protegidas de carácter supraautonómico. El objetivo es ofrecer un marco jurídico único y compatible con la legislación comunitaria para el desarrollo de estas figuras de protección. Para ello:
• Se establece un régimen jurídico idéntico, independientemente del tipo de producto que regulen, ya sean de origen vínico o de origen agroalimentario no vínico, con unos criterios comunes en cuanto al procedimiento para su reconocimiento, protección, control y la regulación de su gestión
• Se regula la protección desde la producción a la comercialización, presentación, publicidad, etiquetado así como su utilización como nombres de dominio en Internet
• Se reconoce y refuerza el papel de los Consejos Reguladores como órganos de gestión de las DOP e IGP y de colaboración de la administración, para el adecuado desarrollo de estas figuras, dotándoles de una personalidad jurídica propia y de un sistema de funcionamiento basado, fundamentalmente, en el derecho privado
• Se crean nueve Corporaciones de Derecho Público para todos los Consejos Reguladores existentes (Cava, Rioja, Jumilla, Idiazábal, Jamón de Huelva, Carne de Ávila, Guijuelo, Espárrago de Navarra y Calasparra)
• Se ofrece un modelo compatible con la normativa comunitaria y que ofrece seguridad jurídica a los operadores. En este sentido se otorga a la Agencia de Información y Control Alimentarios (AICA) del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente, funciones de control oficial
En España existen 323 DOP e IGP registradas, de las cuales doce son de ámbito territorial supraautonómico:
• cuatro de vino (DOP Cava, DOP Rioja, DOP Jumilla e IGP Ribera del Queiles)
• dos de jamón (DOP Guijuelo y DOP Jamón de Huelva- Jabugo-)
• dos de queso (DOP Idiazábal e IGP Queso de los Beyos)
• dos de carne (IGP Carne de Ávila e IGP Cordero Segureño)
• una de arroz (DOP Calasparra)
• una de hortalizas (IGP Espárrago de Navarra)
Las DOP e IGP se consideran:
• un elemento que favorece la diferenciación de la producción y que contribuye al incremento de la competitividad de las industrias agroalimentarias, ofreciendo productos de calidad al consumidor
• un instrumento vertebrador en el desarrollo y sostenibilidad de los tejidos rurales y sirven para fomentar la utilización de recursos genéticos autóctonos
A través de las DOP e IGP se pone en valor y ayuda a conservar nuestro rico patrimonio gastronómico y cultural. La aprobación de la futura Ley contribuirá sin ningún género de dudas a la potenciación de los alimentos de calidad diferenciada y a proteger el rico patrimonio que en materia agroalimentaria tiene España.
Esta medida ayudará a que se conozcan mejor estos alimentos y además se valore más el hecho diferencial de los mismos y los altos estándares de calidad y control a los que están sometidos. No debemos perder de vista que España es una de las principales potencias de la UE en materia de alimentos con Denominación de Origen y de Indicaciones Geográficas Protegidas.
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