La información al consumidor es un elemento vital para mejorar la dieta de los ciudadanos de la UE y por ello en el marco de la Estrategia de la granja a la mesa se está trabajando para desarrollar y mejorar algunos aspectos ligados al Reglamento 1169/2011. En el artículo analizamos la situación y previsión de la evolución legislativa en este ámbito.
Como decíamos la relación entre la información al consumidor y la dieta es evidente, una buena muestra de ello es que en la UE más de 950.000 muertes están relacionadas con riesgos dietéticos y dietas poco saludables. Este dato por sí solo ya ameriza una revisión de la legislación para que los consumidores podamos informarnos mejor y elegir una dieta más sana. Además, debemos ver las futuras medidas en el marco de las acciones legislativas que se ha propuesto en la Estrategia de la granja a la mesa y que ya hemos tenido ocasión de tratar en Tecnoalimentalia.
La futura actualización de la regulación se sustentará en cuatro pilares:
Al abordar estos aspectos la UE quiere mejorar el nivel de comprensión de los consumidores en lo relativo a la información nutricional, ya que no siempre es clara y sencilla dificultando la elección más saludable por parte del consumidor. No sólo se tratará de dar una información que todos podamos entender mejor, sino que también se trabajará para que la actual dispersión de esquemas voluntarios de información nutricional sea sustituida por la regulación que armonice este punto.
En el caso de los perfiles nutricionales, se trata de ajustar las declaraciones de propiedades nutricionales y saludables a aquellos alimentos que tengan un perfil adecuado, sin que nutrientes como las grasas, azúcares y / o sal se presenten en niveles superiores a lo que es aceptable desde el punto de vista de lo contemplado en el Reglamento 1924/2006. Adicionalmente el desarrollo de los perfiles nutricionales facilitará la igualdad de condiciones entre operadores.
Aquí partimos de la premisa de que el etiquetado de origen ya es obligatorio para algunos alimentos, no obstante, existe una demanda creciente para conocer el origen y en consecuencia es necesario estudiar esta solicitud de los consumidores para tratar de adaptar la regulación. Por supuesto, siempre de forma que las medidas a tomar no produzcan ninguna distorsión en el mercado único.
En este caso el enfoque de la medida obedece a dos aspectos, por un lado, se ha constatado que con bastante frecuencia los consumidores no interpretan correctamente la información sobre el marcado de fecha al no distinguir las fechas que se refieren a la seguridad alimentaria del producto, de aquellas que lo hacen sobre las características organolépticas.
En otro orden, las mejoras que puedan efectuarse sobre el marcado de fechas incidirán en la reducción de los residuos de alimentos, tal y como se indica en los últimos estudios de la Comisión sobre esta cuestión.
Finalmente, ¿para cuándo serán una realidad estas iniciativas? Teniendo en cuenta los planteamientos de la Comisión en esta materia es factible que a finales de 2022 tengamos una propuesta de reglamento que modifique el Reglamento 1169/2011, hasta entonces estaremos atentos a la evolución.
Si necesitas un asesoramiento legal en el ámbito de la información al consumidor y etiquetado de los alimentos, desde AINIA podemos ayudarte a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico. También puedes comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.
José María Ferrer (398 artículos)
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