Recientemente veíamos en la prensa, medios digitales y televisivos, y seguimos viendo, titulares del tipo “Ordenan la retirada de unas galletas de chocolate contaminadas con burundanga”. Dada la alarma social que se ha creado, hemos alterado el orden de nuestras entregas y priorizado el abordar este tema, que por otro lado es uno de los que ya teníamos previstos. Empezaremos intentando esclarecer el suceso y sus posibles implicaciones, para después tratar el artículo con el enfoque técnico propio del resto del serial.
La alerta y la alarma, causas e implicaciones
Hablaremos de la alerta y la alarma de forma diferenciada. Con la primera nos referiremos a la alerta de seguridad alimentaria lanzada desde ACSA (Agencia Catalana de Seguretat Alimentaria), AESAN (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición) y EFSA (European Food Safety Agency) a través del RASFF (Rapid Alert System for Food and Feed). Con la segunda nos referimos a la alarma social generada a continuación y en la que los medios escritos y digitales han tenido sin duda un gran protagonismo.
La alerta sanitaria está absolutamente justificada aún en ausencia de afectados. La presencia de sustancias, como la atropina y la escopolamina (común y tristemente conocida como burundanga) es sin duda indesable en productos alimentarios. Además los niveles encontrados aún en ausencia de legislación específica para la materia prima afectada, semillas o harina de teff supera los límites legislados para otros productos de características y usos similares, por asimilación se sitúan tal y como aparece en las notificaciones del RASFF en 5ppm.
La alarma social, a pesar de la retirada del producto (galletas sin gluten) del mercado y la comunicación a la población de que no deben ser consumidas las que puedan estar ya en manos del consumidor, es absolutamente injustificada y basada en una mala información o desinformación por parte de los medios. Y decimos esto por:
- Aunque los niveles detectados son superiores a los razonables, habría que consumir kilos del producto en un corto periodo de tiempo para que se produjeran efectos adversos. Para ingerir una dosis similar a la que se utiliza en los casos delictivos de sumisión química, es decir para cometer robos o abusos por parte a sujetos que la han consumido involuntariamente, habría que ingerir cerca de cincuenta paquetes de 150 gr, de las mencionadas galletas. Este dato lo basamos en estimación propia, aunque no disponemos de información de los niveles exactos encontrados en las galletas hemos asumido los niveles más altos comunicados a través del RASFF para la materia prima.
- El tratamiento mediático ha sido absolutamente exagerado e inapropiado, evitando mencionar en los titulares que la contaminación ha sido involuntaria, que no ha habido afectados, y situando en la misma página información o enlaces a artículos del tipo “Sumisión química: ¿qué drogas se usan? ¿cuál es su efecto?” que pueden inducir a que se asocie la noticia con el uso delictivo de la sustancia.
- Fue el propio fabricante de las galletas quien detectó las sustancias nocivas en un control del proceso de fabricación, el producto afectado se retiró del mercado con inmediatez y la gestión de la alerta ha sido rápida y efectiva.
A pesar de la alarma que ha producido la presencia de estas sustancias en un producto de alimentación cabe destacar que existe una explicación relativamente sencilla a este suceso. La contaminación, involuntaria, se produce en el cultivo y siega para producir harina de teff, por la recogida conjunta de especies silvestres (malas hierbas) que contienen de forma natural estas sustancias. Evidentemente, este fenómeno no es deseable, y se deben utilizar prácticas agrícolas y realizar controles analíticos que minimicen, si no eviten este fenómeno involuntario. Pero no tiene sentido dar a entender otro origen del mismo.
AESAN RASFF
El comunicado de AESAN indicaba “La Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición ha tenido conocimiento a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), de una notificación de alerta trasladada por las autoridades sanitarias de Cataluña relativa a la presencia de atropina y escopolamina en galletas con pepitas de chocolate sin gluten. La información que aquí se incluye es resultante del autocontrol de la propia empresa, que ha comunicado la incidencia a las autoridades competentes, en cumplimiento de la legislación y a fin de no poner a disposición de la población alimentos no seguros”. Después, tras dar los datos específicos de esta alerta, incluso adjuntando imágenes del producto para facilitar su identificación, podíamos leer “Según la información disponible, la distribución se ha producido en todo el territorio nacional. Esta información ha sido trasladada a las autoridades competentes de las comunidades autónomas a través del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), con el objeto de que se verifique la retirada de los productos afectados de los canales de comercialización. Se recomienda a las personas que tengan en su domicilio productos afectados por esta alerta que se abstengan de consumirlos”.
Teniendo en cuenta que la notificación y retirada se realizaron en tiempo y forma, podemos concluir que la misma se ha realizado de forma apropiada.
En cuanto a las comunicaciones a través del RASFF, podemos observar que el número de notificaciones ha aumentado de forma alarmante (ahora si que estaría bien utilizado el término), desde el punto de vista de la prevención, en el año en curso, y más teniendo en cuenta que casi falta más de un tercio de año. Si ya hemos identificado este riesgo como emergente (desde nuestro servicio a empresas de identificación de riesgos emergentes lo hicimos ya en 2015, es decir con 8 años de antelación a los actuales sucesos), la situación actual lo sitúa como una alerta temprana, sobre la que hay que actuar desde la administración y las empresas de forma urgente.
Tratada ya la actualidad, y habiéndonos permitido realizar una aproximación valorativa de la situación, pasamos a explicar que son los alcaloides tropánicos, a los que pertenecen la atropina y escolamina, sustancias involucradas en el incidente, efectos adversos, etc. como en el resto de los artículos de la serie. También trataremos los alcaloides pirrolicidínicos incluidos de la misma forma dentro los contaminantes naturales.
Alcaloides tropánicos y pirrolicidinicos
Los alcaloides tropánicos son metabolitos secundarios que se producen naturalmente en las plantas de varias familias, especialmente del género Datura. Las semillas de Datura stramonium no pueden eliminarse con facilidad del sorgo, el mijo y el alforfón mediante selección y limpieza, por lo que estos tres cereales y sus productos derivados, así como los alimentos elaborados a base de cereales que los contienen, pueden presentar contaminación por alcaloides tropánicos. El Reglamento (UE) 2021/1408 ha actualizado las limitaciones en cuanto al contenido máximo de alcaloides tropánicos en alimentos.
Los alcaloides de la pirrolicidina (PAs) son toxinas naturales, producto del metabolismo secundario de las plantas que los producen como mecanismo de defensa frente a herbívoros. Se han encontrado contenidos de PAs variables desde un nivel traza hasta un 19% del peso en seco de la planta. El contenido máximo permitido en los productos alimenticios con niveles significativos de alcaloides pirrolizidínicos se ha plasmado en el Reglamento (UE) 2020/2040.
Así pues, la legislación europea regula la presencia de estas sustancias en los alimentos, por lo que su control se hace imprescindible para garantizar el cumplimiento legal y la seguridad alimentaria de los productos que pudieran contenerlos. Por ello en AINIA hemos incorporado estos análisis a la cartera de análisis acreditados.
¿Qué productos se ven afectados por la nueva regulación?
Para los de la atropina o tropánicos:
- Mijo y sorgo no transformados
- Maíz no transformado
- Alforfón no transformado
- Maíz reventón, mijo, sorgo y maíz comercializados para el consumidor final
- Productos de la molienda del mijo, del sorgo y del maíz
- Alforfón comercializado para el consumidor final. Productos de la molienda del alforfón
- Infusiones de hierbas (producto desecado)
- Infusiones de semillas de anís (producto desecado)
- Infusiones de plantas (líquidas)
Para el caso de los alcaloides pirrolizidínicos, los productos afectados son:
- Tés e infusiones de hierbas
- Complementos alimenticios que contengan ingredientes de hierbas. Incluidos el polen y complementos a base de polen. En la miel como residuo.
- Borraja. Seca, fresca o congelada.
- Hierbas secas y especias. Especialmente el comino
Saber más sobre los alcaloides tropánicos
Fig. 1.- Estructura química del tropano
Los alcaloides derivados del tropano son un grupo de 200 compuestos, únicamente la atropina y la escopolamina tienen importancia como contaminantes alimentarios, provocando efectos agudos conocidos como síndrome tóxico anticolinérgico.
En este caso se ha considerado el informe científico de EFSA de 2018 para fijar los contenidos máximos de estos alcaloides (atropina y escopolamina) en productos alimenticios que contengan una elevada concentración de ellos y que contribuyan significativamente a la exposición de la población, a saber, determinados cereales, productos derivados de ellos e infusiones de hierbas.
Como hemos comentado anteriormente el Reglamento (UE) 2021/1408 ha actualizado las limitaciones en cuanto al contenido máximo de alcaloides tropánicos en alimentos.
Productos alimenticios | Alcaloides tropánicos μg/kg |
Alimentos transformados a base de cereales y alimentos para lactantes y niños de corta edad que contengan mijo, sorgo, alforfón, maíz o sus productos derivados (3) (29) | Atropina o Escolapina 1,0 |
Suma de atropina y escopolamina | |
Mijo y sorgo no transformados (18) | 5 |
Maíz no transformado (18), excepto,el destinado a molienda por vía húmeda (37) y el reventón | 15 |
Alforfón no transformado (18) | 10 |
Maíz reventón. Mijo, sorgo y maíz comercializados para el consumidor final. Productos de la molienda del mijo, del sorgo y del maíz. | 5 |
Alforfón comercializado para el consumidor final. Productos de la molienda del alforfón | 10 |
Infusiones de hierbas (producto desecado), excepto las infusiones de hierbas contempladas en el punto 8.2.8 | 25 |
Infusiones de hierbas (producto desecado) de semillas de anís | 50 |
Infusiones de plantas (líquidas) | 0,2 |
Tabla 1. Límites máximos permitidos de TA en alimentos
Saber más sobre los alcaloides pirrolizidínicos
Fig 2. Alcaloide pirrolicidílico. Ácido nécico
Tabla 2.Límites máximos permitidos de PA en alimentos
Hasta llegar al marco legal actual, la UE a través de los trabajos de EFSA ha dedicado una década para concretar estas limitaciones. Desde 2011, la Comisión Técnica Científica de Contaminantes de la Cadena Alimentaria (Contam) ha estudiado la situación sobre estos alcaloides viendo que podían actuar como carcinógenos genotóxicos en los seres humanos. Aunque en los primeros trabajos todavía no tenía datos suficientes sobre la presencia de alcaloides pirrolizidínicos en los alimentos para fijar de forma objetiva las limitaciones. Hasta 2016 se trabaja recopilando información y datos, llegándose a la conclusión de que la exposición a estos alcaloides constituye un riesgo potencial para la salud humana en los casos de alta exposición.
Productos alimenticios | Contenido máximo AP (µg/kg) |
Infusiones de hierbas (producto desecado) | 200 |
Infusiones de hierbas a base de rooibos (té rojo), anís (Pimpinella anisum), toronjil, camomila, tomillo, menta, verbena (producto desecado) y mezclas constituidas exclusivamente por estas hierbas secas | 400 |
Té (Camellia sinensis) y té aromatizado (Camellia sinensis) (producto desecado) | 150 |
Té (Camellia sinensis), té aromatizado (Camellia sinensis) e infusiones de hierbas para lactantes y niños de corta edad (producto desecado) | 75 |
Té (Camellia sinensis), té aromatizado (Camellia sinensis) e infusiones de hierbas para lactantes y niños de corta edad (producto líquido) | 1 |
Complementos alimenticios que contengan ingredientes de hierbas, incluidos los extractos | 400 |
Complementos alimenticios a base de polen Polen y productos a base de polen | 500 |
Hojas de borraja (frescas o congeladas) comercializadas para el consumidor final | 750 |
Hierbas secas | 400 |
Borraja, levístico, mejorana y orégano (desecados) y mezclas constituidas exclusivamente por estas hierbas | 1000 |
Semillas de comino (especias a base de semillas) | 400 |
La información disponible hizo que, en 2017 EFSA estableciera un nuevo punto de referencia de 237 μg/kg de peso corporal al día para evaluar los riesgos de carcinogénesis que presentan los alcaloides pirrolizidínicos. A finales del año 2020, se publicó. Estos son los nuevos límites que se adoptan.
Harina de teff
La harina de teff es la materia prima origen de la contaminación natural de los últimos sucesos. Está además implicada de forma mayoritaria en la últimas notificaciones al RASFF por presencia de escopolamina en alimentos.
La harina de teff proviene de un grano de tamaño bastante pequeño y tono marrón originario de Etiopía. Su aspecto y contenido nutritivo es parecido a la quinoa aportando un aroma dulce y tostado. Se dice que este tipo de grano se lleva cultivando desde hace más de 5000 años.
A menudo, los etíopes lo utilizan para elaborar las típicas tortas artesanales de pan usadas como base de otros alimentos y platos típicos de territorio. Últimamente, está surgiendo una fuerte expansión de este tipo de grano. Debido a su ausencia de gluten puede utilizarse como sustituto de la harina trigo u otros cereales con gluten en dietas para celiacos. También se han reportado otras características del producto que hacen que se le esté considerando como un “producto saludable”. Con frecuencia se consume en panes, magdalenas y productos de repostería. Otra opción es consumirlo en cremas de verduras, guisos espesos o con leche, sustituyendo a nuestros cereales de siempre.
Por otro lado, cabe destacar que su cultivo es muy amigable con el medio ambiente, ya que su producción puede hacerse bajo diferentes condiciones climáticas, incluso en suelos secos o colmados de agua.
Al igual que otros cultivos, presenta el inconveniente de presentar concierta frecuencia las contaminaciones naturales que hemos tratado en los apartados anteriores.
Efectos sobre la salud
La atropina y la escopolamina son también considerados dos fármacos antimuscarínicos de origen natural clasificados como alcaloides que, al ser introducidos en el organismo, producen reacciones anestésicas y, en cantidades suficientes, el síndrome tóxico anticolinérgico. Estas sustancias afectan al sistema nervioso central, los músculos, sistemas digestivo y circulatorio, y el aparato respiratorio.
No obstante, también han sido usadas como drogas de sumisión con finalidades delictivas.
Los efectos más notables tras su consumo involuntario incluyen visión borrosa, mareos y náuseas, desorientación, alucinaciones, pérdida de memoria, sedación y dificultad para hablar, fiebre y taquicardias, entre otros.
En general, la mayoría de alcaloides se extraen de las hojas, semillas, raíces o frutos de algunas plantas como el tabaco, el té, el café, el acónito, la belladona, o la cicuta. Otros alcaloides muy conocidos son, por ejemplo, la cocaína, la morfina, la dopamina, la nicotina y la cafeína.
En cuanto la escopolamina y la atropina, el estramonio es una de las plantas con alto contenido en estos alcaloides, lo cual la convierte tanto en medicinal como tóxica.
La escopolamina, más comúnmente conocida como burundanga, es una de las sustancias de efecto sedante que suelen detectarse en víctimas de delitos sexuales y robos por inhibición de la voluntad o sumisión química, como también lo son el alcohol, las benzodiazepinas o el GHB -éxtasis líquido- entre otros.
Su consumo involuntario suele producirse por ingesta y actúa en el organismo de forma rápida provocando los efectos anteriormente mencionados, que pueden variar según la dosis llegando incluso a provocar la muerte en el peor de los casos.
Mitigación y control del riesgo
En este sentido, las líneas de trabajo deben ser las siguientes:
- Aplicación de buenas prácticas agronómicas por parte de la producción primaria que eviten la contaminación de los cultivos hasta su recolección.
- Evaluación de proveedores y control analítico del grano o la harina por parte de la industria harinera si se evalúa como riesgo significativo en función del origen y garantías del proveedor de semilla.
- Evaluación de proveedores y control analítico de la harina por parte de la industria transformadora en producto final, de nuevo si se evalúa como riesgo significativo en función del origen y garantías del proveedor de semilla.
- Controles en frontera de las importaciones a la UE por parte de las autoridades sanitarias (Sanidad Exterior).
- Realización de controles en el marco del PNCOCA (Plan Nacional de Control Oficial de la cadena alimentaria).
Por nuestra parte, cabe destacar que contamos con los servicios analíticos acreditados necesarios para dar respuesta a las necesidades de la empresas y la administraciones públicas en su caso.
Esperamos con este artículo haber arrojado luz sobre la alerta y alarma producidas por esta detección de unos contaminantes emergentes que ya podemos considerar como emergidos.
Otros artículos de la serie:
Serial “Los 10 riesgos alimentarios con mayor impacto en los próximos años”:
- Los riesgos emergentes en los próximos años
- Las micotoxinas
- Resistencia Antimicrobiana
- Contaminación de suelos por uso de residuos como fertilizantes
- Presencia de microplásticos (MP) en alimentos
- Alcaloides tropánicos y pirrolicidínicos en alimentos
Referencias:
- 2022, el año de las toxinas naturales (Alcaloides tropánicos y pirrolizidínicos) – AINIA. https://www.ainia.com/ainia-news/2022-toxinas-naturales-alcaloides-tropanicos-pirrolizidinicos/.
- Alcaloides pirrolizidínicos y su control en los productos alimenticios – AINIA. https://www.ainia.com/ainia-news/alcaloides-pirrolizidinicos-control-productos-alimenticios/.
- ELIKA Seguridad Alimentaria | Alcaloides pirrolizidínicos – ELIKA Seguridad Alimentaria. https://seguridadalimentaria.elika.eus/fichas-de-peligros/alcaloides-pirrolizidinicos/.
- Fernández Alonso, C. et al. Sumisión química por «burundanga» o escopolamina. Rev. Española Med. Leg. 48, 74–77 (2022).
- RASFF Portal. search @ webgate.ec.europa.eu.
- www.aesan.gob.es.