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Propuesta de Reglamento delegado (UE) de 2.2.2024 por el que se modifica el Reglamento Delegado (UE) 2016/127 en lo que se refiere a los requisitos relacionados con las proteínas de los preparados para lactantes y los preparados de continuación elaborados a partir de hidrolizados de proteínas
La propuesta tiene por objeto actualizar los requisitos establecidos en el Reglamento (UE) 2016/127 en relación con los hidrolizados de proteínas. De acuerdo con la evaluación de EFSA el hidrolizado de proteínas en cuestión constituye una fuente de proteínas nutricionalmente segura e idónea para su uso en un preparado para lactantes y de continuación, siempre que el preparado en el que se utilice contenga un mínimo de proteínas de 0,57 g/100 kJ (2,4 g/100 kcal) y cumpla los demás criterios de composición establecidos en el Reglamento (UE) 2016/127. Por tanto, procede permitir la comercialización de preparados para lactantes y preparados de continuación elaborados a partir del hidrolizado de proteínas específico descrito en el dictamen de EFSA.
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Propuesta Reglamento (UE) que modifica los anexos II y IV del Reglamento (CE) n.º 396/2005 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a los límites máximos de residuos (LMRS) de azoxistrobina, flonicamid, isofetamid, mefentrifluconazol, metazacloro, pirimetanil y arena de cuarzo en determinados productos
Se actualizan varios LMRs, algunos de los aspectos más destacables de las modificaciones son estos:
- Azoxistrobina, modificación de los LMR en el lúpulo
- Flonicamid, para la col china, la berza y los colirrábanos
- Isofetamid, lechugas y otras ensaladas (excepto las lechugas)
- Mefentrifluconazol, para cítricos, avellanas, pistachos, fresas, otras bayas y frutas pequeñas, aceitunas de mesa, caquis o palosantos, otras raíces y tubérculos, entre otros
- Metazacloro, los puerros y la miel
- Pirimetanil, las uvas de mesa, los ajos y la miel
- Arena de cuarzo, se mantiene en el Anexo IV.
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Consulta Pública de la CE sobre el uso del Bisfenol A (BPA) y otros bisfenoles y sus derivados con clasificación de propiedades peligrosas específicas en determinados materiales y objetos en contacto con alimentos, por el que se modifica el Reglamento (UE) nº 10/2011, se modifica el Reglamento (CE) nº 1895/2005 y se deroga el Reglamento (UE) 2018/213
La Comisión Europea trabaja en la futura legislación para prohibir el uso del BPA en materiales en contacto con alimentos, incluidos los envases de plástico y los envases revestidos. Esto es consecuencia de la publicación del dictamen de la Autoridad Europea de Seguridad Alimentaria, en el que se indica una preocupación por la salud humana.
En la propuesta que es objeto de consulta pública se regularán las cuestiones sobre:
- El abordaje del uso de otros bisfenoles en materiales en contacto con alimentos para evitar que el BPA sea sustituido por otras sustancias nocivas;
- El establecimiento de excepciones y períodos transitorios que podrían aplicarse a las empresas.