Los elementos voluntarios en el etiquetado de los alimentos son una constante que está presente desde hace mucho tiempo, aunque en la actualidad nos estamos encontrando con un incremento de cuestiones relacionadas con esta temática. Un ejemplo de ello es el sistema Nutri-Score del que ya hemos hablado en algunos artículos. Esta iniciativa responde a las posibilidades de esquemas voluntarios en materia de etiquetado de los alimentos, ahora bien, por lo que estamos viendo esta cuestión va a más. Comentamos en este artículo algunos aspectos sobre la posible incorporación de nuevos agentes voluntarios en el etiquetado.
El límite a las incorporaciones de información no obligatoria lo encontramos en la legislación alimentaria, tal y como prevé el artículo 36 del Reglamento 1169/2011 cuando establece que toda la información voluntaria que se incorpore ha de respetar tres premisas:
Y en otro orden hemos de considerar que existen otros límites físicos y mentales, físicos en cuanto a que los espacios para el etiquetado son finitos y mentales ya que la capacidad del consumidor para asumir la información que se le transmite también tiene un límite. Tengamos presente que el consumidor se centra en la información relativa a la fecha de caducidad o consumo preferente, la lista de ingredientes, así como las condiciones de conservación y utilización del producto, tal y como se constata en el último estudio monográfico del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación
Las novedades más recientes las vemos en casos como el del esquema Eco-score o en solicitudes como la que hemos conocido a través de la prensa en cuanto a la necesidad de que el etiquetado de la leche se indique si procede de macrogranjas.
En el caso de Eco-score estamos ante un sistema que puede informar al consumidor en cuanto a la sostenibilidad del producto alimenticio considerando el sistema de producción y logística que ha seguido hasta llegar al lineal de la tienda. Se trata de un sistema voluntario que puede incorporarse en el etiquetado de los alimentos. Esa es la realidad en 2021, aunque debemos tener en cuenta que la «Estrategia de la granja a la mesa» ha previsto legislar en esta dirección ya que plantea una Propuesta para un marco de etiquetado de alimentos sostenibles que permita a los consumidores optar por alimentos sostenibles para 2024.
La otra cuestión sobre la indicación del origen de la leche procedente de macrogranjas, se trata de una pregunta en el Parlamento Europeo en la que se proponía «establecer un etiquetado obligatorio para la comercialización de la leche que ofrezca al consumidor información sobre el modelo de producción» y, concretamente, «si es producido en macrogranjas. En este caso también puede existir una conexión con la futura regulación sobre alimentos sostenibles que planteará la Comisión Europea.
Estos son dos ejemplos de elementos que en su caso pasaría a engrosar la lista de logotipos o datos que de forma voluntaria aportan más información al consumidor. Considero que en estos casos quizás sea más prudente esperar para ver como evoluciona la legislación alimentaria que propone la Comisión Europea en esa línea que incrementar los datos que aportamos al consumidor, que en muchas ocasiones no va a tener en consideración.
La regulación aplicable en materia de información al consumidor delimita los aspectos obligatorios y voluntarios que han de estar presentes, aunque viendo la proliferación de elementos que quieren incorporarse al etiquetado habría que valorar un uso más racional del espacio a la hora de trasladar la información al consumidor. Es fundamental que los consumidores perciban la diferenciación entre los aspectos obligatorios y los voluntarios, considero que una adecuad delimitación de esos elementos contribuirá a que los mensajes recibidos por el consumidor sean comprendidos mejor y entre todos podamos construir un sistema que ofrezca información clara y comprensible para el consumidor.
Si necesitas un asesoramiento legal o sobre cómo percibe el consumidor este tipo de información, desde AINIA podemos ayudarte a través de nuestro equipo de especialistas en el ámbito jurídico y a través de nuestro observatorio digital del consumidor. También puedes comentar este artículo en el grupo de legislación alimentaria en LinkedIn.
José María Ferrer (396 artículos)
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